Lanzarse al mundo empresarial por cuenta propia, es una gran decisión que debe ser estudiada con detenimiento, si no queremos que ésta se convierta en una mala experiencia tanto a nivel profesional como personal. Por ello, es importante antes que nada, redactar un Plan de Empresa que nos ayude a valorar la viabilidad del negocio que pretendemos arrancar.
Una vez conocida la viabilidad de nuestro proyecto empresarial, la primera decisión que tendremos que tomar es la de definir qué forma jurídica queremos adoptar para nuestra actividad. Esta decisión no ha de tomarse a la ligera y hay que valorar pros y contras de cada forma jurídica existente en España. A priori, una de las más recomendables, rápidas y prácticas para pequeños empresarios que comienzan su andadura en el emprendedurismo es la de acogerse a la forma jurídica de Sociedad Limitada (S.L.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) Por ello, en este post queremos explicaros cuáles son los trámites que tendrás que realizar a la hora de crear una Sociedad Limitada en España.
Actualmente, la gran mayoría de los trámites para la creación de una Sociedad Limitada en España se pueden realizar mediante procesos de tramitación on-line (Documento único electrónico – DUE) y la unificación de la tramitación on-line mediante el programa CIRCE, permitiéndonos así poder tener constituida nuestra S.L. en un plazo de 7 a 15 días.
Lo primero que tendremos que hacer para crear nuestra Sociedad Limitada en España, es registrar el nombre de la empresa. Para ello tendremos que ir a la oficina del Registro Mercantil y solicitar el denominado “certificado negativo de denominación social”, es decir, el documento que especifique que el nombre o razón social que hemos elegido no coincide con ningún otro nombre existente.
Este trámite también se puede realizar vía on-line en su página web con un coste de 16 euros.
Cuando ya tengamos aprobado el nombre de nuestra futura Sociedad Limitada por parte del Registro Mercantil, tendremos que abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa y realizar un ingreso del capital mínimo inicial, que en el caso de las Sociedades Civiles es de 3.000 €.
El banco emitirá un certificado acreditando ese ingreso, el cual tendremos que presentar posteriormente a la notaría.
Para la creación de la nueva S.L. será preciso disponer de unos estatutos sociales, los cuales se incorporarán posteriormente a la escritura pública de constitución. Estos estatutos no son más que el conjunto de normas que rigen a la empresa. Normalmente son redactadas por los socios, un abogado, un asesor o el propio notario. Aunque también es posible emplear algún estatuto simplificado tipo que contenga los elementos mínimos como son la denominación de la sociedad, el objeto social, la fecha de cierre de ejercicios, el domicilio social de España, capital social, participaciones y el sistema de administración.
Este trámite para la creación de una Sociedad Limitada en España deberá realizarse ante notario, donde deberán acudir todos los socios.
Para la realización de la escritura pública de constitución será necesario aportar la siguiente documentación:
En caso de que alguno de los socios sea extranjero, éste deberá aportar además una declaración de inversiones exteriores.
En Hacienda tendremos que obtener en Código de Identificación Fiscal (C.I.F.), el Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la declaración censal (IVA). Todos estos trámites pueden realizarse en la propia sede de Hacienda de tu localidad o mediante vía telemática gracias al Documento único Electrónico.
Número de Identificación Fiscal:
Una vez firmada la escritura ante el notario, tendrás que gestionar con Hacienda el Código de Identificación Fiscal (C.I.F.) provisional para la nueva sociedad, además de las etiquetas y tarjetas identificativas.
Para la realización de este trámite será necesario aportar el modelo 036, debidamente cumplimentado, el DNI del firmante y una fotocopia de la propia escritura de constitución sellada por el notario.
Impuesto de Actividades Económicas
En la propia Hacienda también tendrás que darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) tantas veces como actividades distintas vaya a realizar la empresa.
Para la realización de este trámite será necesario aportar el modelo 840, junto al C.I.F. emitido por la Administración Tributaria. Sin embargo, aquellas empresas con una cifra inferior a 1.000.000 de euros al año, se encuentran exentas y únicamente deberán aportar el modelo 036 de la declaración censal donde se indique los epígrafes IAE a los que van a acoger.
Declaración censal (IVA)
En este punto es donde se declarará la fecha de comienzo de la actividad, modificación o cese de la misma.
Para la expedición de este documento será necesario aportar el modelo 036, el CIF y el documento de alta en el impuesto de Actividades Económicas.
Aunque parezca que el proceso de creación de una Sociedad Limitada en España sea infinito, una vez aclarados los trámites con Hacienda ya estarás cerca de concluir con todos los trámites pertinentes de creación.
Ahora tendrás que dirigirte al Registro Mercantil de la provincia en la que se ha estipulado el domicilio social de la empresa, o bien vía on-line con el Documento Único Electrónico, para inscribirte en él.
Recuerda que para este trámite tendrás que aportar:
Ahora que ya has hecho todos los trámites anteriores, únicamente tendrás que volver a Hacienda, o por medio on-line, para canjear tu CIF provisional por el definitivo.
Con todo esto ya tendrías constituida correctamente tu nueva Sociedad Limitada en España, aunque has de tener en cuenta que para que la sociedad pueda comenzar a desarrollar su actividad tendrás que darte de alta en la Seguridad Social en el régimen especial de Trabajadores Autónomos.
Como ves, hay que conocer muy bien todos estos trámites antes de crear una Sociedad Limitada en España, por lo que se recomienda que para ello se cuente siempre con un equipo asesor experto en la gestión de trámites de creación de empresas.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies. ACEPTAR